Las continuas quejas del vecino Luis Poveda, tenían como objetivo que el Ayuntamiento diera solución al abandono en que se encuentra, tanto el Camí de Paterna, como otras tantas zonas de Bétera. Ha sido la falta de contestación y, sobre todo, la falta de solución del equipo de gobierno que encabeza Elia Verdejo (PP) lo que ha motivado que acuda al Sindic de Greuges
Una vez admitida la queja el Sindic pedirá explicaciones al Ayuntamiento. De todo ello, el Sindic remitirá la solicitud de que procedan a solucionar el abandono y a contestar las quejas vecinales. En cualquier caso el Sindic mantendrá al vecino informado, tanto de la situación como de la contestación, en su momento, del Ayuntamiento.
El propio vecino explica la situación:
"El pasado día 7 de octubre presente una nueva queja ante el Sindic de Greuges y la misma ha sido admitida a trámite según me han notificado hoy día 28 de octubre.
La mencionada queja ha sido presentada por la falta de soluciones al estado de abandono en que se encuentran distintos lugares de la urbanización Camí Paterna, así como muchas otras zonas de nuestra localidad, situación que hemos venido denunciando de forma reiterada de manera pública, así como por medio de varios escritos presentados en el registro del Ayuntamiento
A pesar de que el Ayuntamiento tiene en teoría, establecido los lunes para recoger la poda en nuestra zona, son muchos los lunes que las bolsas de poda, muebles viejos, desbordes y otros enseres no son recogidas, provocando de esta manera que se vayan acumulando, tal como de forma reiterada hemos venido denunciando.
Esta situación, a mi entender incumple determinados preceptos legales, en concreto el Art. 45 de la Constitución Española, que establece como principio rector de la política social y económica, el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de los poderes públicos, entre ellos el municipio, de conservarlo.
Igualmente la situación denunciada incumple, a mi entender, algunas cuestiones establecidas en la Ley 10/2000, de 12 de diciembre de residuos de la Comunidad Valenciana.
Igualmente, entiendo que se incumple lo establecido en el Art. 3 de La Ordenanza Municipal Reguladora de Recogida de Residuos, que establece:
Art. 3 Competencias Locales
Punto1.- El Ayuntamiento de Bétera es competente para la recogida de los residuos municipales generados y depositados en el municipio en la forma que se establezcan en la presente Ordenanza y en los términos previstos en la legislación de residuos estatal y autonómica y en la legislación local.
Punto.- 2 Corresponde al Ayuntamiento de Bétera la potestad de vigilancia e inspección y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias.
Después de dirigirme de manera reiterada al equipo de gobierno de manera pública y por medio de varios escritos, para que den solución a las situaciones descritas y ante el escaso o nulo resultado, es lo que me llevó a presentar la QUEJA al Sindic de Greuges.
Queja que como digo al principio de la presente nota, ha sido admitida a trámite, solicitando al Ayuntamiento por parte de la Sindicatura que informe a la misma, sobre los escritos presentados, así como si se ha realizado alguna actuación en relación con el problema planteado."
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