Un Juez de lo Contencioso razona que existió connivencia entre el PP de Riba-roja y el Valencia CF en Porxinos Un Juez de lo Contencioso razona que existió connivencia entre el PP de Riba-roja y el Valencia CF en Porxinos
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Un Juez de lo Contencioso razona que existió connivencia entre el PP de Riba-roja y el Valencia CF en Porxinos

Un fallo judicial ha detectado "identificación" y "connivencia" entre el anterior gobierno del Ayuntamiento de Riba-roja, encabezado por el Partido Popular, y el agente urbanizador del programa de actuación de Porxinos (PAI), Litoral del Este, la empresa que constituyó el Valencia para construir 2.800 chalés, una ciudad deportiva y un campo de fútbol tras la reclasificación de 1'6 millones de metros cuadrados.    

El auto del juzgado número 2 de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia valenciano señala que el Ayuntamiento de Riba-roja gobernado por el ex alcalde Francisco Tarazona, del PP, y la empresa promotora del PAI actuaron con una total "identificación" hasta el punto que los magistrados recuerdan que en las causas judiciales el consistorio alude al promotor "como mi mandante" y se refiere al ayuntamiento en tercera persona. "Como ya ha puesto de relieve la representación municipal en el escrito de contestación a la demanda", afirma el dictamen del juez.

La sentencia donde se recoge la connivencia entre ambas partes, ayuntamiento y promotor urbanístico, ha surgido a raíz del litigio que inició la empresa Servihabitat XXI en contra del Ayuntamiento de Riba-roja por la aprobación del proyecto de reparcelación de los 1'2 millones de metros sobre los que se asentaba el fracasado programa urbanístico de Porxinos -anulado mediante fallo del Supremo- y en los que la mercantil demandante era propietaria de diversos terrenos.

La parte demandante comenzó el litigio judicial al entender que el agente urbanizador no debía repercutir entre los propietarios de terrenos en el PAI de Porxinos el valor del suelo no urbanizable que donó al ayuntamiento como compensación por la aprobación de la homologación y el plan parcial del citado programa al entender que la cesión era voluntaria y no por obligación legal.

Además, la recurrente aludía que al comprar los terrenos a otra empresa se citaba explícitamente que no abonaría cantidad económica alguna por mejoras complementarias o compensatorias. También denunciaba que no se había aplicado un coeficiente de ponderación entre el suelo no urbanizable protegido que se debe ceder y el urbanizable al que se adscribe. Otro de los argumentos esgrimía la nulidad del proyecto de reparcelación al establecer coeficientes correctores de usos y tipologías edificatorias que no estaban fijados en el plan parcial, además de criterios de reparcelación "meramente subjetivos", costes económicos superiores a los inicialmente previstos, la adjudicación de terrenos irregulares o la falta de un criterio homogéneo para pagar al urbanizador en metálico o en terrenos, entre otros motivos.

La sentencia del juzgado contencioso-administrativo desestima la demanda de la empresa privada y le impone las costas económicas de juicio. Entre las razones aducidas en el fallo judicial cabe destacar que la cesión de los terrenos al ayuntamiento como compensación era "obligatoria" al superar el 35% de la edificabilidad bruta y, por tanto, repercutible a los propietarios de terrenos. Recuerda que la denunciante no acredita una diferencia entre el precio de adquisición del suelo y su valoración conforme a la ley.

Los magistrados defienden el proceso administrativo de la reparcelación al no hallar error en el cálculo de los coeficientes correctores, recuerdan que la mercantil no impugnó el programa de actuación integrada sobre el pago en terrenos para compensar la cesión de suelo al ayuntamiento y niega favoritismo o trato de favor sobre la adjudicación de los terrenos en la reparcelación. Por último, niegan la ausencia de criterios para fijar el valor unitario de la indemnización compensatoria por diferencias de adjudicación.

El equipo de gobierno de Riba-roja de Túria ha expresado su "satisfacción" por la desestimación de la demanda de la empresa propietaria de terrenos en Porxinos en contra del ayuntamiento "en un plan urbanístico del que ya avisamos en su momento que traería numerosos problemas urbanísticos y jurídicos para las arcas municipales y así ha sido, pues se han destinado cuantiosas cantidades a sufragar nuestra defensa jurídica y ahora corremos el riesgo de posibles indemnizaciones".

El ejecutivo local ha añadido, además, que una sentencia judicial "avala lo que en su día ya advertimos en cuanto a la connivencia entre el ayuntamiento gobernado por el Partido Popular y el agente urbanizador en el diseño y la tramitación del plan urbanístico ya que el gobierno anterior actuó más en defensa de los intereses privados de la citada mercantil en detrimento del beneficio general de todos los vecinos".


Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

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