El M. de Hacienda controla ya que las competencias sociales y culturales no las realicen los Ayuntamientos El M. de Hacienda controla ya que las competencias sociales y culturales no las realicen los Ayuntamientos
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El M. de Hacienda controla ya que las competencias sociales y culturales no las realicen los Ayuntamientos

La reforma de la Ley de Bases de Régimen Local que entró en vigor este año ha dejado a los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes 'como meras oficinas  gestoras', porque impide que los Consistorios que no alcancen ese número de habitantes realicen y programen competencias sociales, de sanidad,  culturales y además les pone un tutor para las más importantes - la Diputación   que  podrá decidir si el Ayuntamiento puede seguir, o no,  con las contratas de limpieza viaria, de basura, de agua potable, de alumbrado público etc.

 A partir de ahora, los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes serán simples herramientas técnicas-gestoras con cada vez menos contenido político. La diferencia entre los programas de los grupos políticos serán simplemente de gestión.

Algunos ediles pensaban que la técnica del camuflaje podría utilizarse para seguir prestando algunas de las competencias, así parece que pensaban cuando no fueron capaces de plantar cara en el momento de la reforma. Pero, el Ministerio de Hacienda se ha adelantado y ha dejado sin posibilidades de evadir la nueva Ley a los Ayuntameintos.

El método de control ha sido una modificación de la manera de organizar los presupuestos municipales para controlar esas competencias llamadas impropias.

Ese es el objetivo de la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, por la que se modifica la Orden
EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de lospresupuestos de las entidades locales
Ningún Ayuntamiento podrá camuflar las partidas y  proyectos que  tuvieran que ver con las competencias impropias- aquellas que no puede hacer sin acuerdo con la Comunidad Autónoma o con la Diputación porque con la neuva norma de un sólo vistazo  se aprecia si eso ocurre.
El pasado 14 de marzo el BOE publica una modificación de la estructura presupuestaria de los Ayuntamientos - el mecanismo contable que sirve para mostrar los presupuestos municipales y organizarlos por partidas- . En esta modificación se  separan para que queden claramente visibles aquellas partidas aprobadas en los Ayuntamientos que tengan que ver con los artículos 25 y 26 de la nueva Ley de Bases modficada. Es decir las competencias propias y las impropias y en un apartado concreto, las que se realicen por delegación de las Comunidades.

La norma es de aplicación inmediata pero sólo exigible para los presupuestos del 2015. Aunque deberá aplicarse ya para las liquidaciones que se realicen de los presupuestos anteriores desde hoy. Con este sistema el gobierno modifica y agrupa por capítulos de programa esas partidas y de un vistazo se podrá observar qué ayuntamientos realizan todavía competencias de ese tipo. Está claro que desde ese control exahustivo vendrán los recursos correspondientes y las actuaciones ministeriales o del Delegado del Gobierno recurriendo todos los presupuestos que no cumplan esos requisitos. El/la funcionario de Intervención redondea el sistema, porque debe controlar y velar por el cumplimiento de estas normas.

El gobierno no quiere dejar ningún resquicio, ha programado una cenrtralización adminsitrativa y un vaciado de competencias para los Ayuntamientos. Consciente de que la mayoría de esas competencias podrían ser realizadas con 'trapicheos administrativos', y que la presión social es mucho mayor ante los Ayuntamientos que ante las Comunidades Autónomas, ha cerrado su círculo centralizador.

De esta manera para poder realizar competencias en sanidad, cultura o bienestar social, será necesario que la Generalitat acepte ceder las competencias al Ayuntamiento en concreto y también las partidas económicas correspondientes, algo que a todas luces será imposible por la situación económica de la Generalitat.

También la Diputación tendrá elementos claros para controlar el costo real de cada una de las partidas que tendrán que tutelar, (la limpieza viaria, la recogida de basura, el alumbrado público y el agua potable). Herramientas que permitirán de un vistazo tomar decisiones sobre si la competencia la asume la Diputación o la sigue manteniendo el Ayuntamiento.

A partir de ahora, los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes serán simples herramientas gestoras con cada vez menos contenido político. La diferencia en los programas será simplemente de gestión.

Como excusa se utiliza  la información:

Dice así la norma:

'La imbricación en la citada Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, exige que se disponga, al menos, de una información presupuestaria más detallada y con una mejor y más exacta correspondencia con los servicios que quedarán definidos en la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local.'

Y deja claro desde cuando:

'Serán los correspondientes al ejercicio de 2015 los primeros presupuestos a los que resulte de aplicación en cuanto a su elaboración y ejecución. Sin embargo, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 3.1 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
la información que se suministre con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden, relativa a las liquidaciones de presupuestos de 2013 y 2014 tendría que adecuarse a ella, y, por lo tanto, debería presentar una desagregación de la clasificación por programas análoga a la definida en esta Orden.'



Y si se asumen competencias hay que dejarlo claro y separado:

«Artículo 4.
Clasificación por programas.
1.
Los créditos se ordenarán según su finalidad y los objetivos que con ellos
se proponga conseguir, con arreglo a la clasificación por áreas de gasto, políticas
de gasto, grupos de programas y programas que se detallan en el anexo I. Estos
últimos podrán desarrollarse en subprogramas.
2.
Con carácter general, el detalle de los créditos se presentará, como
mínimo, en el nivel de grupos de programas de gasto. No obstante, este detalle se
deberá presentar en el nivel de programas de gasto en los casos que se especifican
en el anexo I.

3.
La estructura que se especifica en el anexo I se debe considerar cerrada y
obligatoria para todas las entidades locales.
No obstante, será abierta a partir del
nivel de programas y subprogramas, por lo que podrán crearse los programas y
subprogramas que se consideren necesarios cuando no figuren en la estructura
que por esta Orden se establece.
4.
En los supuestos en que la Entidad local asuma competencias por
delegación del Estado o de las Comunidades Autónomas, en aplicación del
artículo 27 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local, deberá realizar el necesario desarrollo de los grupos de programa, a fin de
que exista una exacta correspondencia entre cada servicio asumido y un único
programa o subprograma presupuestario.»
Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

2 comentaris :

  1. vecino de san antoniodijous, de març 20, 2014

    Después de leer este articulo, ahora entiendo porqué el ayuntamiento de san antonio no ha presentado todavia los presupuestos, con esta nueva ley, se les ha acabado los "traspases de dinero entre partidas presupuestarias" que han sido famosas en estos últimos años.
    A la concejalia de bienestar social también le han recortado sus brazos que por otra parte era la que mayor presupuesto tenia y la que más "traspases" realizaba (según los plenos).
    Como vecino espero que con esta nueva ley se consiga emplear y ajustar de manera real nuestros impuestos, porque yo sumo todos los impuestos que pago por vivir en este pueblo y no me salen las cuentas.
    Si quiero la calle limpia, lo hago yo, las rotondas estan abandonadas, el mobiliario urbano no se repone, las señales que se rompen(pues ahi se quedan),.... la imagen de las urbanizaciones es de una dejadez total.
    Es verdad que no hay movimiento en la construcción y la mayoria de los chales estan vacios, por lo que supongo que la mayoria del presupuesto municipal va a parar a pagar los sueldos de los funcionarios, pues... como tienen el puesto seguro, yo propongo, dos cosas: primero: eliminar todo gasto personal que no sea funcionario, y segundo: ajustar el número de funcionarios que podemos pagas y el resto que se trasladen a otros organismos municipales.
    No van a ser los primeros ni los últimos que se ven obligados por la nueva coyuntura economica trabajar en otra provincia, otra ciudad o pais.
    Este gobierno pide esfuerzos a todo el mundo, pero en san antonio todo sigue igual, ¡¡¡¡hasta cuando!!!!

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  2. Eso nos pasa por un gobierno fachadijous, de març 20, 2014

    Desconozco los presupuestos de tu municipio, pero por ejemplo en l'Eliana tenemos la suerte de tener una buena actuación en cultura y en bienstar social y estamso muy contentos de tener un ayuntamiento que dedica nuestros impuestos a la cultura y a los que menos tienen. Los trasidegos no tienen nada que ver con los gastos sociales que este gobierno de Rajoy ha quitado, porque desde ahora en adelante los ecinos que tengan menos posibilidades quedan en manos de la caridad, se les acabaron los derechos, sólo tienen posibilidades de vivir de la caridad. Me parece una barbaridad. En l'elaina todo el ayuntamiento se declaró contra esa ley. que lo que quiere es evitar que haya gasto social. Es una forma de hacer en losayuntamientos lo que hace el gobierno en todo el estado. eso nos pasa por un gobierno facha

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