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la Asociación de Comerciantes de San Antonio (ACOPRASAB) se desmarca de las palabras del alcalde

Referente a la liberalización de horarios comerciales tratada en el último Pleno.

ACOPRASAB manifiesta su sorpresa por las manifestaciones del alcalde, Eugenio Cañizares en el pleno de noviembre, afirmando que 'ningún comerciante' se habia dirigido a él para indicarle que no apoyara la liberalización total de horarios comerciales en ese municipio.


Según comunica la Asociación de Comerciantes y Profesionales Autonómos de San Antonio de Benagéber,  tiene una postura coincidente con lo declarado por COVALCO en toda la Comunidad oponiéndose a la liberalización de horarios. 

Además  (ACOPRASAB), dicen no ser acertadas las declaraciones realizadas por el Sr. Alcalde de San Antonio de Benagéber en el último pleno del mes de noviembre, en las que manifiesta que “ningún comerciante se había puesto al habla con el ayuntamiento en relación con la liberalización de horarios comerciales”:

Los comerciantes de San Antonio desmienten por lo tanto  al alcalde y dan detalles de las reuniones:

 En su nota, los comerciantes dicen  'Queremos manifestar que hace unos dos meses la concejalía de comercio, nos pidió una reunión para hablar sobre este tema, a dicha reunión asistió el presidente Vicente Mallea y en ella estaba además de la concejala María José Rico, el ADL Miguel Mares.

 Que en dicha reunión, se le manifestó que estábamos en contra de la liberalización de horarios comerciales y que en una reunión anterior con los vendedores del mercado municipal, alguno de los cuales también está asociado a ACOPRASAB, también le dijeron lo mismo, asistiendo a esta reunión además de la concejala y el ADL, la interventora del ayuntamiento, por lo que no entendemos como dijo el Alcalde que ningún comerciante se había puesto en contacto con el ayuntamiento para manifestarle que estábamos en contra de la liberalización de horarios.


Con posterioridad a estas reuniones, el presidente de la asociación fue requerido por el foro de la Agenda 21 para que aportase tanto su opinión al respecto como la documentación que estimara oportuna, cosa que hizo y volvió a manifestar la postura de la asociación en contra de la liberalización de horarios comerciales'


El alcalde y todo el PP se opusieron a una moción conjunta de toda la oposición contra la liberalización de horarios

En el último Pleno el alcalde hizo estas declaraciones a raiz de la presentación de una moción conjunta por toda la oposición para que San Antonio no liberalizara los horarios comerciales, respetando así la ya dificil posibilidad de competir de los pequeños comerciantes del municipio con las  grandes superficies de la localidad. Sin embargo, tanto el alcalde como todo su grupo, sin fisuras de ningún tipo, es decir todo el PP Felipe del Baño incluido, votaron contra la opinión de los comerciantes y también contra la moción de la oposición.


ACOPRASAB se sitúa con esto en la línea de COVALCO organización a la que pertenece y aseguran que la normativa actual ya es bastante tolerante - permite tener abierto 90 horas a la semana- en horario de apertura de los establecimientos y permite a las grandes superficies 'campar por sus respetos', puesto que las excepciones son tantas que en este momento ya abren en todas las zonas cercanas a la capital y en la propia capital en varias áreas ininterrumpidamente. Desde hace más de un año, cualquier municipio, en función de las normas estatales, puede declarar todo el término municipal o una parte de él como Área de Gran Afluencia Turística. Esto permite que los centros comerciales afectados dispongan de una libertad plena en la definición de horarios y aperturas.

Actualmente, han aplicado esta norma los municipios de Torrevieja y Finestrat y el de Valencia. Aunque los dos primeros han dado libertad a todo el pueblo, Rita Barberá ha delimitado la medida al centro de la ciudad, el distrito del'Eixample, la zona del campo de fútbol del Levante UD y las inmediaciones del cauce del Turia; quedando excluida la avenida Cortes Valenciana, donde está el Hipercor Ademuz

Sin dicha norma, ya los comercios podian abrir (siempre y cuando el tamaño no excediera de 300 metros ) la apertura actual ya puede llegar hasta 90 horas semanales, distribuidas en seis dias a la semana. Siendo el domingo día festivo. También en este último caso del domingo existen muchas excepciones porque la ley permite también abrir a todos los comercios conocidos como de 'conveniencia', a los dedicados a la cultura (videos, libros, quioscos,), los situados en gasolineras y áreas de transporte, etc. (una transcripción de la normativa reproducimos al final, según las organizaciones

Solidaridad con los vecinos/as del municipio:

* La Asociación de Comerciantes de San Antonio de Benagéber (ACOPRASAB), comunica también que ha hecho entrega de tres entradas de palco para la sesión del día 8 de diciembre en el circo Wonderland, a una familia de San Antonio de Benagéber que por su situación no podía ir al circo con  sus hijos.

Transcribimos la normativa en resumen para su mayor comprensión:

El horario global en que los establecimientos comerciales podrán desarrollarsu actividad durante el conjunto de días laborables de la semana será, como máximo, de 90 horas, considerándose inhábiles los domingos y festivos.

No obstante, podrán abrir diez domingos o festivos que anualmente sedeterminen mediante Resolución de la Conselleria competente en materia de Comercio. Los Ayuntamientos pueden sustituir uno o dos de esos domingos yfestivos por festivos locales, dicha determinación vinculará a los comerciantes del municipio que no podrán desarrollar la actividad comercial en la fecha/s alas que renuncie la Corporación Local.

Este régimen general no es aplicable a aquellos establecimientos que tienenplena libertad de horarios para determinar los días y horas en que permaneceránabiertos, que se relacionan a continuación:

Establecimientos dedicados principalmente a la venta de los siguientes productos (cualquiera que sea su superficie de exposición y venta): pastelería y repostería, pan, platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, floristerías y plantas.

Las tiendas de conveniencia. Son las que tienen una superficie para exposicióny venta no superior a 500 metros cuadrados, que permanezcan abiertas alpúblico, al menos, dieciocho horas al día y distribuyan su oferta, en formasimilar, entre libros, periódicos y revistas, artículos de alimentación,discos, vídeos, juguetes, regalos y artículos varios. La distribución entre las distintas gamas debe llevarse a cabo de forma similar entre sí, sin exclusión de ninguna de ellas y sin que predomine netamente una sobre las demás.

Los instalados en estaciones y medios de transporte terrestre, marítimo y aéreo.

Los instalados en zonas de gran afluencia turística previamente declaradamediante resolución de la Dirección General competente en materia de comercio,sólo durante los periodos de tiempo que fije la resolución (normalmente Semana Santa y Pascua, desde el Domingo de Ramos, hasta el lunes festividad de San Vicente y del 1 julio al 30 de septiembre) y para las zonas que la misma determine, cualquiera que sea su superficie y su oferta.

Todos los establecimientos de menos de 300 metros cuadrados de superficie deexposición y venta (cualesquiera que sean los productos que vendan), excluidoslos pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pequeña y mediana empresa.

Los establecimientos integrados en instalaciones de prestación de serviciosturísticos dedicados exclusivamente a los usuarios.

Lo anterior no se aplicará a los establecimientos de las 'zonas acústicamente saturadas' en las que los ayuntamientos establezcan restricciones horarias.
Además los establecimientos dedicados exclusivamente a productos culturales (libros,periódicos, revistas, discos, vídeos, juegos de ordenador, antigüedades,artesanía popular, artículos para dibujo, obras de arte etc) que, por susdimensiones o características no gocen de total libertad horaria, podrán abrirtodos los domingos y festivos durante un máximo de 12 horas.

Fuera de estos casos, excepcionalmente, cuando concurran circunstancias que asílo justifiquen, se podrá autorizar la apertura en domingo o festivo, a petición de los comerciantes, asociaciones comerciales o Ayuntamientos, mediante Resolución del órgano competente con el límite de horas que establezca la resolución.
Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

3 comentaris :

  1. La crisis nos cierra y el alcalde quiere tenernos abiertos todo el día. Anótese en un papelito lo que necesite y mañana pasa a comprarlo.

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  2. Al paso que vamos lo peligroso para el empleo no es que abran los domingos, es que no quede ningún comercio para abrir. Las grandes superficies nos están machacando y los ayuntamientos no nos ayudan

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  3. ACOPRASAB también colaboradilluns, de desembre 09, 2013

    La Asociación de Comerciantes de San Antonio de Benagéber (ACOPRASAB), hace entrega de tres entradas de palco para la sesión del día 8 de diciembre en el circo Wonderland, a una familia de San Antonio de Benagéber que por su situación no podía ir al circo sus hijos.

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