Todos en la cuerda floja, pero San Antonio de Benagéber es el más amenazado de los municipios comarcales por ser el que más facturas tenía y con mayores atrasos de pago y L'Eliana el que sufrirá menor impacto. La amenaza viene como consecuencia de una redacción precipitada del Decreto 4/2012 que ha resuelto el pago de las facturas "escondidas en cajones" en cuanto a su principal, pero que no ha resuelto el pago obligatorio de los intereses de dichas facturas.
El reconocimiento de facturas con fechas anteriores, es decir en los cajones, supone el reconocimiento de la deuda y eso da a los proveedores municipales el derecho -automático- a cobrar el interés de demora que a un mínimo del 8% (7 puntos por encima del interés del BCE)- Ley 3/2004 comienzan a llenar los Juzgados de lo Contencioso. Para evitarlo, los alcaldes debian haber incrementado el principal con los intereses señalados, algo que es obligatorio por que la ley determina su pago "de oficio". Pero eso hubiera significado incrementar la deuda y asumir mayor coste político. De esta forma las sentencias, o los reconocimientos municipales, irán cayendo de forma escalonada, difuminando en el tiempo los errores en la gestión económica municipal.
Según hemos podido concoer de fuentes jurídicas, en Valencia ya se notan las demandas promovidas por grandes empresas sobre todo. Son los grandes proveedores que han soportado durante tiempo el impago de las facturas y que han financiado sus costos. Ahora se quieren resarcir. Algunas lo hacen por esa simple razón de gestión de empresa. Otras como amenaza y herramienta de negociación ante la posible pérdida de la concesión, del contrato que tenian y que generó las anteriores facturas, o simple negociación de precios para el nuevo contrato.
Los que menos demandas interpondrán son los pequeños proveedores precisamente los más perjudicados y que han tenido que cerrar sus puertas por estos impagos. La razón es precisamente esa, su cierre e incapacidad económica para abordar demandas judiciales, rompiendo en un 8% anual- depende de la antiguedad de factura, los totales de facturas reconocidas.
El resultado será que entre finales de año y el del 2013, las sentencias irán recayendo y las cantidades económicas de los intereses incrementando las deudas municipales.
El Plan de Ajuste tiene puerta trasera y la imprevisión del gobierno de Rajoy, en esto, como en muchas cosas, traerá dolores de cabeza a las arcas municipales y en consecuencia a los vecinos.
Según las fuentes consultadas la Ley 3/2004 reconoce estos derechos a los proveedores:
A partir del transcurso de los plazos, la Administración deberá abonar al contratista y proveedor
los intereses de demora y los costes de cobro de la deuda en los términos previstos
en la Ley 3/2004.
■ Intereses de demora:
− Los pactados en el contrato.
− La suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más
reciente operación principal de financiación efectuada antes del primer día del
semestre natural de que se trate más siete puntos porcentuales. (Este tipo de
interés es publicado semestralmente en el BOE)
■ Costes de cobro
− La indemnización no podrá superar, en ningún caso, el 15 por ciento de la
cuantía de la deuda, excepto en los casos en que la deuda no supere los
30.000 euros en los que el límite de la indemnización estará constituido por
el importe de la deuda de que se trate.
El 8% de 100.000 euros, cifra muy normalista como deuda normal a este tipo de empresas son 8.000 euros. Deudas de 1.000.000 de euros y en este pueblo San Antonio había más. Son 80.000 más de lo que se paga en sueldos a los concejales. Mala hestión
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